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sábado, 30 de mayo de 2015

TRIBUTACIÓN DE SOCIEDADES CIVILES Y ENTIDADES NO LUCRATIVAS



El pasado día 20 de mayo tuvo lugar en los locales de la Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la Comunidad Valenciana, la conferencia sobre Tributación de sociedades civiles y entidades no lucrativas. El acto fue organizado por la Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la Comunidad Valenciana y fue impartido por Gregorio Labatut Serer
En el mismo acudió más de 150 personas.
Un saludo para todos.

Un saludo afectuoso para todos.

Gregorio Labatut Serer

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.

La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, va a organizar los siguientes eventos online homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.

Webinar:

Día 5 de junio de 2015. WEBINAR Sociedades Civiles con objeto mercantil y Comunidades de Bienes y su tratamiento fiscal. http://cort.as/RH7Y

Día 12 de junio de 2015. Webinar Problemática contable de Entidades sin ánimo de lucro, de las Fundaciones y su tratamiento fiscal. http://cort.as/RH7O

Día 30 de septiembre de 2915. WEBINAR Aplicación del Marco Conceptual de empresa en liquidación y efectos en el informe de auditoría. http://cort.as/RH7P

Cursos online:

-  Curso online sobre Aplicación práctica de las consultas del ICAC. Del 18 de mayo al 30 de junio. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación. http://cort.as/QkM7

- Curso online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologada por el ICAC como curso de formación y convalidad el primer examen de acceso al ROAC en esta materia. Desde el 18 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2015. http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/NIA/programa.htm
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viernes, 29 de mayo de 2015

El autoconsumo no es delito de blanqueo de capitales. ¿No se está introduciendo el dinero ilícito en el sistema financiero de este modo también?


Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo así lo indica. Sentencia Nº: 265/2015 así lo indica. La sentencia estima algunos de los recursos y rebaja las penas o anula el delito de blanqueo de capitales en algunos de los recurrentes con las frases siguientes:

“La finalidad de encubrir u ocultar la ilícita procedencia de los bienes o ayudar a los participantes del delito previo, constituye, en consecuencia, un elemento esencial integrante de todas las conductas previstas en el art. 301.1 C.P . Esta conclusión se justifica porque el blanqueo pretende incorporar esos bienes al tráfico económico legal y la mera adquisición, posesión, utilización, conversión o transmisión constituye un acto neutro que no afecta por si mismo al bien jurídico protegido”.

“Tampoco las definiciones dadas en el artículo 1.2 de la Ley10/2010 coinciden con las conductas tipificadas en el artículo 301.1 del Código Penal, ni aún tras la reforma de éste por la Ley Orgánica 5/2010. Son significativas las definiciones de aquella Ley que en el artículo 1.2 .b) y, sobre todo, c) incluyen comportamientos no trasladados al Código Penal  Así la mera adquisición o posesión de bienes procedentes de actividades ilícitas no constituye el tipo del artículo 301.1, si no va acompañada de la finalidad que el precepto penal, a diferencia del administrativo, exige. Con independencia de las divergencias con su traducción en el precepto penal, es claro que la finalidad ha de estar presente en todo acto de blanqueo. Incluyendo la adquisición, conversión o transmisión".

“…. exige que la finalidad u objeto de ocultar o encubrir bienes, o ayuda al responsable de la acción delictiva de la que proceden, esté presente en todo caso para que la conducta integre el tipo delictivo sancionado”.

“Lo determinante debe ser la aplicación del criterio anteriormente referido, que exige la finalidad u objeto de ocultar o encubrir bienes, o ayuda al responsable de la acción delictiva de la que proceden, esté presente en todo caso para que la conducta integre el tipo delictivo sancionado”.

“En el blanqueo lo que se trata de evitar es que los bienes de origen delictivo se integren en el sistema económico legal con apariencia de haber sido adquiridos de forma lícita, sin que se exija necesariamente ánimo de lucro en la operación específica de blanqueo”.

Por todo lo anterior, el Alto Tribunal considera que no son delito de blanqueo de capitales, el autoblanqueo, considerando al mismo como el hecho de pagar con dinero ilícito viajes a Republica Dominicana (por cierto para traficar con droga), alquiler de una vivienda, cotizaciones a la Seguridad Social, pagos con la tarjeta de crédito con dinero ilícito, etc. En todos estos actos el Alto Tribunal no aprecia finalidad u objeto de ocultar o encubrir bienes, para integrarlos en el sistema económico legal con apariencia de haber sido adquiridos de forma lícita.

En definitiva que el Tribunal Supremo entiende que para que exista delito de blanqueo debe producirse la “voluntad de ocultar o encubrir bienes, para integrarlos en el sistema económico legal con apariencia de haber sido adquiridos de forma lícita”.

Por lo que debe darse las dos circunstancia: Voluntad de ocultar o encubar y al mismo tiempo introducir en el sistema económico el dinero ilícito con apariencia de lícito.

Antes de seguir, vamos a recordar lo que nos dicen las Normas:
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Ayer se celebró en Alicante el Desayuno de trabajo del INBLAC sobre contradicciones entre expertos externos, diligencia debida y efectos del Compliance.


Ayer día 28 de mayo tuvo lugar en Alicante en el Colegio de Abogados, Avda. Alfonso el Sabio, 1, 9B Alicante el desayuno previsto del INBLAC sobre blanqueo de capitales y compliance.

Organizado por D. Marcos Tello, asistieron los miembros del INBLAC D. Marcos Tello, D. Ángel Díaz, D. Domingo Martínez, D. Gregorio Labatut Serer y Dña. Teté Asensí. También participó Dña. María Cortell.

Se puso de manifiesto temas como:

-          Proceso de identificación de clientes. Acercándonos a la problemática en el sector del juego.

-          listas de personas y entidades sujetas a sanciones y contramedidas financieras internacionales.

-          Realización del examen externo.

-          Aplicación de la diligencia debida.

-          Responsabilidad penal de la empresa y los administradores y necesidad de un compliance.

-          Problemática del examen externo y realización de consultoría sobre prevención de blanqueo de capitales, etc.

Se puede ver con mucho mayor desarrollo pinchando aquí.
Puede verse también en: http://www.lawyerpress.com/news/2015_06/0106_15_003.HTML
 
Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer
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martes, 26 de mayo de 2015

¿Qué sucede si la sociedad civil tributa por el Impuesto sobre sociedades a partir del 1 de enero de 2015?


http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1509
En nuestro anterior post titulado: ¿Qué hacemos con las sociedades civiles con objeto mercantil?, ¿y con las comunidades de bienes? poníamos de manifiesto la problemática que ha surgido con las sociedades civiles con objeto mercantil.

Al final del post, indicábamos que tenemos tres posibilidades de actuación:

1.       No hacer nada y tributar a partir del 1 de enero de 2016 por el IS

2.       Podrán acordar su disolución y liquidación, según la disposición transitoria decimonovena de la nueva Ley del IRPF, regula la disolución y liquidación de determinadas sociedades civiles y tramitar de este modo la actividad a una o varias personas físicas. En este caso, el acuerdo de disolución y liquidación debe tomar que en los seis primeros meses del ejercicio 2016, y se realicen con posterioridad al acuerdo, dentro del plazo de los seis meses siguientes a su adopción, todos los actos o negocios jurídicos necesarios para la extinción de la sociedad civil.

3.       Transformación en otro tipo societario, como por ejemplo SL. No se regula ni en la Ley del IRPF, ni en la Ley del Impuesto sobre sociedades, pero sí que se contempla en la Ley 3/2009 de transformación, fusión, escisión, cesión global de activos y pasivos.

En este post vamos a estudiar la primera de las opciones, esto es, que sucede si no tomamos ninguna medida, y entonces la sociedad civil con objeto mercantil pasaría a tributar por el Impuesto sobre sociedades a partir del 1 de enero de 2016.

En la Disposición transitoria trigésima segunda de la Ley del Impuesto sobre sociedades, titulado sociedades civiles sujetas a este Impuesto, se regulan los siguientes problemas:

1.       Integración de las rentas obtenidas por la sociedad civil en los períodos impositivos en que se aplicó el régimen de atribución de rentas.

2.       Tributación de la distribución de los beneficios obtenidos en períodos impositivos en que haya sido de aplicación el régimen de atribución de rentas.

3.       Tributación de las rentas obtenidas en la transmisión de participaciones que se correspondan con reservas procedentes de los beneficios obtenidos en períodos impositivos en que haya sido de aplicación el régimen de atribución de rentas.

Con respecto al primer problema, la norma indica que no se debe producir una doble imposición, de modo que la transición del régimen de atribución de rentas de las sociedades civiles al Impuesto sobre Sociedades no debe implicar, ni para las sociedades civiles ni para sus socios, que sus rentas tributen dos veces o que una renta se quede sin tributar.

De este modo, los socios no deberán tributar por los dividendos que perciban de la sociedad civil a partir de 2016 y que procedan de beneficios del año 2015.

Para ello, es importantísimo que las sociedades civiles determinen cuáles son sus fondos propios a 31 de diciembre de 2015 y así cuantificar el total de dichos beneficios (LIS, DT 32ª.3)

Veamos un caso práctico:

Supongamos una sociedad civil, que se constituyó hace x años, por dos socios, para la explotación de un bar, las aportaciones fueron de 1.000 euros cada uno de ellos. Hasta el ejercicio 2015 inclusive, la atribución de rentas en el IRPF para cada uno ascendió en total a 1.500 euros.

La sociedad no llevaba una contabilidad.

¿Qué hay que hacer?

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lunes, 25 de mayo de 2015

Hoy se ha publicado la convocatoria de acceso al ROAC.


Buenos días:

Con fecha de hoy se ha publicado en el BOE la Orden ECC/951/2015, de 22 de abril, por la que se publica la convocatoria conjunta del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España y del Consejo General de Economistas, de examen de aptitud profesional para la inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

Como podéis ver en el apartado 3.1.se indica: “Las solicitudes de admisión, acompañadas de la documentación acreditativa citada anteriormente, deberán presentarse en cualquiera de las sedes nacionales o territoriales de las Corporaciones convocantes, en el plazo de 40 días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».”

Por lo tanto, el plazo alcanza hasta el 4 de julio de 2015.

Un saludo y mucha suerte para todos.

Gregorio Labatut Serer

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.

La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, va a organizar los siguientes eventos online homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.

Webinar:

Día 12 de junio de 2015. Webinar Problemática contable de Entidades sin ánimo de lucro, de las Fundaciones y su tratamiento fiscal. http://cort.as/RH7O

Día 29 de mayo de 2915. WEBINAR Aplicación del Marco Conceptual de empresa en liquidación y efectos en el informe de auditoría. http://cort.as/RH7P

Día 5 de junio de 2015. WEBINAR Sociedades Civiles con objeto mercantil y Comunidades de Bienes y su tratamiento fiscal. http://cort.as/RH7Y

Cursos online:

-  Curso online sobre Aplicación práctica de las consultas del ICAC. Del 18 de mayo al 30 de junio. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación. http://cort.as/QkM7

- Curso online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologada por el ICAC como curso de formación y convalidad el primer examen de acceso al ROAC en esta materia. Desde el 18 de mayo de 2015 al 19 de junio de 2015. http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/NIA/programa.htm
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viernes, 22 de mayo de 2015

Aplicación del Marco Conceptual de Empresa en Liquidación y Efectos en el Informe de Auditoría de Cuentas. ADEIT. Fundación Universidad-Empresa de Valencia.

http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1505#

Aplicación del Marco Conceptual de Empresa en Liquidación y Efectos en el Informe de Auditoría de Cuentas. ADEIT. Fundación Universidad-Empresa de Valencia.

Webinar día 29 de septiembre de 2015. Homologado por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.
El webinar también podrá visionarse durante los 10 días siguientes, en cualquier momento y a cualquier hora. También podrán hacerse consultas durante esos 10 días siguientes.
Más información en: http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1505#

Os esperamos.
Un saludo afectuoso
Gregorio Labatut Serer
 
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¿Qué hacemos con las sociedades civiles con objeto mercantil?, ¿y con las comunidades de bienes?


http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1509
Menuda van aliar con las sociedad civiles. Todo comienza con la modificación de la Ley del Impuesto de sociedades (Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades), que en su artículo 7, contribuyentes, se dice lo siguiente:

1. Serán contribuyentes del Impuesto, cuando tengan su residencia en territorio español:

Las personas jurídicas, excluidas las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil….”

Y la disposición transitoria trigésima segunda. Sociedades civiles sujetas a este Impuesto, se indica que “Lo previsto en esta disposición será de aplicación a las sociedades civiles y a sus socios…… en períodos impositivos iniciados con anterioridad a 1 de enero de 2016 y tengan la consideración de contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades a partir de dicha fecha”.

CONCLUSIÓN: Durante el ejercicio 2015 las sociedades civiles con objeto mercantil seguirán tributando por atribución de rentas. A partir del 1 de enero de 2016 las sociedades civiles con objeto mercantil pasan a ser contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.

Para que se produzca esta situación, la sociedad civil debe cumplir el 1 de enero de 2016 dos condiciones:

1.       Personalidad jurídica.

2.       Objeto mercantil

 Vamos a desarrollar estas dos cuestiones:
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jueves, 21 de mayo de 2015

Desayuno de trabajo: Contradicciones entre expertos externos, diligencia debida y efectos del Compliance.


El desayuno de trabajo tendrá lugar en Alicante, el día 28 de mayo de 2015 y se celebrará en Avda. Alfonso el Sabio, 1, 9B Alicante.

Participarán los miembros del INBLAC D. Marcos Tello, D. Ángel Díaz, D. Domingo Martínez  y D. Gregorio Labatut Serer

Se debatirá sobre la figura del experto externo, las obligaciones de diligencia debida, bases de datos, listas de personas y entidades sujetas a sanciones y efectos de todo ello sobre el compliance.


Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Universidad de Valencia y Presidente de Honor del INBLAC.
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lunes, 18 de mayo de 2015

ADEIT organiza seis cursos online homologados por el ICAC sobre auditoría y contabilidad | ADEIT


A partir del 18 de mayo la Fundación Universidad-Empresa ADEIT de la Universitat de Valencia realizará seis cursos online dirigidos principalmente a asesores fiscales y contables, economistas, auditores contables, titulados mercantiles, empresariales y otros profesionales del sector. Los cursos, dirigidos e impartidos por Gregorio Labatut, profesor del Departament de Comptabilitat de la Facultat d’Economia, están homologados por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas del Ministerio de Economía y Competitividad (ICAC).

Se trata de dos jornadas y cuatro webinars de entre 4 y 8 horas de duración que se impartirán a través del Aula Virtual de ADEIT con posibilidad de visualizar la grabación de la videoconferencia o consultar el material escrito en los días posteriores a la realización del curso. Desde la dirección de los cursos consideran que esta modalidad permite la compatibilización de las agendas de los profesionales: «las personas que se matriculen en alguno de los cursos podrán adaptarlo a sus horarios y disponibilidades y, de una forma muy cómoda, se podrán conectar a la plataforma virtual y consultar el material según su propia planificación». Además, y como oferta temporal, las personas que se matriculen en tres de estos cursos sólo pagarán dos.

Para tratar cada uno de los contenidos propuestos en los cursos ofertados se utilizaran casos prácticos  y se pondrá a disposición de los matriculados un sistema de tutorías online así como un foro de discusión para facilitar y fomentar el contacto entre los asistentes. Tras superar las pruebas online, las personas matriculadas tendrán acceso a un certificado expedido por la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València. Para los auditores inscritos en el ROAC (Registro Oficial de Auditores de Cuentas) el certificado de las jornadas acreditará frente al ICAC las horas de formación recibidas. En el caso de los webinars y por exigencia del Instituto de Contabilidad, deberán realizar un examen para recibir la homologación de las horas formativas realizadas. 

Más información:
ADEIT organiza seis cursos online homologados por el ICAC sobre auditoría y contabilidad | ADEIT

Un saludo cordial.
Gregorio Labatut Serer
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Caso práctico sobre capitalización de los gastos financieros en el coste de producción según la Resolución del ICAC de 14 de abril de 2015 por la que se establecen criterios para la determinación del coste de producción.


He realizado un caso práctico sobre “Capitalización de los gastos financieros en el coste de producción según la Resolución del ICAC de 14 de abril de 2015 por la que se establecen criterios para la determinación del coste de producción”, para InformaRec Boletín del Registro de Expertos Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 84

Puede verse pinchando aquí.

La nueva Resolución del ICAC de 14 de abril de 2015 sobre el coste de producción ha incorporado varios cambios en los criterios de determinación del coste de producción en comparación con la anterior Resolución del ICAC de 9 de mayo de 2000.

Entre ellas se encuentra el criterio de capitalización de los gastos financieros correspondientes a la financiación específica, en el caso de que no se financie totalmente el activo con financiación específica. Con el criterio anterior, a continuación de la financiación específica se utilizaba los fondos propios que no tienen coste, y si con ello todavía no se financia el total del coste del activo, entonces se tendrá en cuenta la financiación genérica (que no de carácter comercial), al tipo medio de interés de dicha financiación.

Pues bien, la nueva Resolución del ICAC sobre el coste de producción de 14 de abril de 2015, cambia de criterio, y establece que tras la activación de los gastos financieros correspondientes a la financiación específica se activarán los gastos de financiación genérica (no de carácter comercial), al tipo medio de interés de dicha financiación, sin considerar por tanto la financiación con fondos propios.

Evidentemente se debe de cumplir las condiciones de que en los activos necesiten un periodo de tiempo significativo (superior a un año) para estar en condiciones de cumplir con la función que les es propia, en este caso se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros (esto es, la remuneración expresa o real y no implícita del capital empleado) que se hayan devengado hasta esa fecha (entrada en funcionamiento para el inmovilizado o en condiciones de ser enajenadas para las existencias) y que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, fabricación o construcción.

Puede verse un caso práctico pinchando aquí.

Un saludo afectuoso para todos.

Gregorio Labatut Serer

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.

La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, va a organizar los siguientes eventos online homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.

Webinar:

Día 12 de junio de 2015. Webinar Problemática contable de Entidades sin ánimo de lucro, de las Fundaciones y su tratamiento fiscal. http://cort.as/RH7O

Día 29 de mayo de 2915. WEBINAR Aplicación del Marco Conceptual de empresa en liquidación y efectos en el informe de auditoría. http://cort.as/RH7P

Día 5 de junio de 2015. WEBINAR Sociedades Civiles con objeto mercantil y Comunidades de Bienes y su tratamiento fiscal. http://cort.as/RH7Y

Cursos online:

-  Curso online sobre Aplicación práctica de las consultas del ICAC. Del 18 de mayo al 30 de junio. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación. http://cort.as/QkM7

- Curso online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologada por el ICAC como curso de formación y convalidad el primer examen de acceso al ROAC en esta materia. Desde el 18 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2015. http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/NIA/programa.htm

 
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domingo, 17 de mayo de 2015

Premio a la Excelencia Académica para Gregorio Labatut


Gregorio Labatut, profesor del Departamento de Contabilidad de la Universidad de Valencia, ha obtenido el premio a la Excelencia Académica en la XII edición de los Premios de la Asociación Catalana de Contabilidad y Dirección (ACCID).


Un saludo cordial

Gregorio Labatut Serer
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¿Cómo afecta los cambios en los tipos impositivos a los saldos de activos y pasivos por impuestos diferidos? Consulta número 4 del BOICAC número 101/Marzo 2015


http://cort.as/QkM7
Siguiendo con nuestra intención de explicar las consultas del ICAC con casos prácticos, hemos comentado la consulta número 4 del BOICAC número 101/marzo 2015, Sobre la valoración de los créditos fiscales reconocidos en el balance a raíz de la modificación de los tipos impositivos introducida por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades

Como de costumbre, podéis consultarla en Aplicación práctica de las consultas del ICAC de esta dirección:


Esperamos que puedan ser de interés.

Un saludo cordial.


Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.

La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, va a organizar los siguientes eventos online homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.

Webinar:

Día 12 de junio de 2015. Webinar Problemática contable de Entidades sin ánimo de lucro, de las Fundaciones y su tratamiento fiscal. http://cort.as/RH7O

Día 29 de mayo de 2915. WEBINAR Aplicación del Marco Conceptual de empresa en liquidación y efectos en el informe de auditoría. http://cort.as/RH7P

Día 5 de junio de 2015. WEBINAR Sociedades Civiles con objeto mercantil y Comunidades de Bienes y su tratamiento fiscal. http://cort.as/RH7Y

Cursos online:

-  Curso online sobre Aplicación práctica de las consultas del ICAC. Del 18 de mayo al 30 de junio. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación. http://cort.as/QkM7

- Curso online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologada por el ICAC como curso de formación y convalidad el primer examen de acceso al ROAC en esta materia. Desde el 18 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2015. http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/NIA/programa.htm
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domingo, 10 de mayo de 2015

WEBINAR Sociedades Civiles con objeto mercantil y Comunidades de Bienes y su tratamiento fiscal.


http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1509
Día 5 de junio de 2015.

IMPORTANTE: Homologado por el ICAC con 3 horas de formación continuada para auditores inscritos en el ROAC.

La videoconferencia se podrá seguir en directo, será grabada y se podrá visualizar durante 10 días las veces necesarias y al mismo tiempo se podrán realizar las consultas necesarias.
La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia organiza el próximo día 5 de junio de 2015 el webinar sobre la contabilidad de las sociedades civiles con objeto mercantil y las comunidades de bienes y sus implicaciones fiscales.

 A partir del 1 de enero de 2016 la Ley obliga a tributar por el Impuesto sobre Sociedades a las sociedades civiles con objeto mercantil. Para ello, este tipo de sociedades se verán obligadas a llevar una contabilidad adecuada a su actividad. Durante el webinar se estudiará la adaptación de que deben llevar a cabo estas sociedades para llevar una contabilidad adecuada a su actividad. Se determinará el patrimonio neto contable para comenzar la actividad, así como los gastos e ingresos devengados en el ejercicio, tratamiento de las subvenciones, aportaciones de socios, del inmovilizado, de los impuestos, etc.

Del mismo modo, se estudiará las obligaciones contables de la sociedad civil, la disolución y liquidación de la sociedad civil y la transformación de la sociedad civil en sociedad limitada: Información a los socios, acuerdo de transformación, publicación del acuerdo de transformación y la escritura pública de transformación e inscripción registral.


Un saludo afectuoso para todos.

Gregorio Labatut Serer

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.

La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, va a organizar los siguientes eventos online homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.

Cursos online:

-  Curso online sobre Aplicación práctica de las consultas del ICAC. Del 18 de mayo al 30 de junio. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación. http://cort.as/QkM7

- Curso online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologada por el ICAC como curso de formación y convalidad el primer examen de acceso al ROAC en esta materia. Desde el 18 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2015. http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/NIA/programa.htm

Webinar:

Día 18 de mayo de 2015. Webinar Problemática contable de Entidades sin ánimo de lucro, de las Fundaciones y su tratamiento fiscal. http://cort.as/RH7O

Día 29 de mayo de 2915. WEBINAR Aplicación del Marco Conceptual de empresa en liquidación y efectos en el informe de auditoría. http://cort.as/RH7P

Día 30 de septiembre de 2015. WEBINAR Sociedades Civiles con objeto mercantil y Comunidades de Bienes y su tratamiento fiscal. http://cort.as/RH7Y


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sábado, 9 de mayo de 2015

¿Qué circunstancias deben producirse para que los sujetos obligados deben comunicar una operación al SEPBLAC?


Esta pregunta viene al hilo de lo que publica vozpopuli.com sobre el caso Púnica: “El juez investiga por qué fallaron las alertas antiblanqueodel Banco de España con Granados y su socio
Al Juez la llama la atención de que la entidad financiera no comunicará al SEPBLAC el ingreso de 4,2 millones de euros en una cuenta abierta a nombre de Inversiones y Estudios Urbanos SL, una de las mercantiles del entramado de Marjaliza.

Los hechos según Vozpopuli.com fueron los siguientes:

-          Ingreso de dos transferencias procedentes de Singapur en la cuenta mencionada por 2.125.000,00 euros

-          Esta transferencia correspondía al supuesto pago por 28 cuadros, cinco fotografías, cuatro esculturas y 185 estilográficas.

-          Las transferencias procedían del Standard Chartered Bank de Singapur.

-          La entidad que los transfería era Millenia Trading Pte Ltd.

¿Qué hizo la entidad financiera como sujeto obligado con esta operación?

Pues según Vozpopuli.com, han declarado ante el juez los responsables de la entidad, y de su declaración podemos concluir:

1.       Les llamo la atención la operación y la detectaron, puesto que Inversiones y Estudios Urbanos SL, la mercantil en cuya cuenta se recibieron los fondos, "no era una empresa habitual que hubiera hecho operaciones por ese importe".

2.       Al parecer, Singapur, en ese momento, no era paraíso fiscal.

3.       Comprobaron los motivos de la operación. En la primera factura: "pago parcial factura" y en la segunda:  the rest of the total price of the works of art" (el resto del precio total de las obras de arte).

4.       Se preocuparon en saber la procedencia del dinero, puesto que realizaron una búsqueda en Google de la entidad de la que procedían los fondos: Millenia Trading Pte Ltd. El resultado fue la actividad de la empresa era un marchante de obras de arte.

5.       remitieron los datos básicos del movimiento en la relación que periódicamente enviaban al regulador con los traspasos al extranjero de más de 50.000 euros.

De todas formas, al Juez le sorprende que no se pusiera esta operación en conocimiento del SEPBLAC. Podemos leer en vozpopuli.com: “Sin embargo, el juez Velasco y los investigadores no entienden cómo nadie puso bajo sospecha un movimiento que, en su opinión, debía haber sido considerado claramente sospechoso y, por tanto, disparar todas las alarmas 'antiblanqueo'.”

Repasemos lo que indica en los artículos 17 y 18 de la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y financiación del Terrorismo.
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viernes, 8 de mayo de 2015

WEBINAR Aplicación del Marco Conceptual de empresa en liquidación y efectos en el informe de auditoría.


http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1505
Día 29 de mayo de 2015. IMPORTANTE: Homologado por el ICAC con 4 horas de formación continuada para auditores inscritos en el ROAC.

Los asistentes podrán visionar posterior la videoconferencia durante un plazo de 10 días y se podrán hacer consultas sobre ella.

La Resolución de 18 de octubre de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre el marco de información financiera cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento, introdujo un nuevo marco de información financiera cundo no es aplicable la gestión continuada en la empresa.

En consecuencia, este marco conceptual debe ser aplicado cundo se decide por los responsables de la empresa va a cesar en su actividad, o no hay una alternativa más realista que hacerlo.

Durante la jornada se profundizará en los casos en los que se debe producirse la liquidación de la empresa, según la Ley de Sociedades de Capital y la Ley concursal, determinaremos la responsabilidad de los administradores, y estudiaremos la posición del auditor ante el nuevo marco de empresa en liquidación, así como la existencia de hechos posteriores al cierre que pongan en duda la continuidad de la empresa.

Se pondrá de manifiesto la aplicación de la Resolución de 20 de diciembre de 2013, por la que se publica la modificación de la Norma Técnica de Auditoría sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento, y la posición del auditor ante las decisiones de los administradores sobre la aplicación o no del principio de gestión continuada.


Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.

La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, va a organizar los siguientes eventos online homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.

Cursos online:

-  Curso online sobre Aplicación práctica de las consultas del ICAC. Del 18 de mayo al 30 de junio. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación. http://cort.as/QkM7

- Curso online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologada por el ICAC como curso de formación y convalidad el primer examen de acceso al ROAC en esta materia. Desde el 18 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2015. http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/NIA/programa.htm

Webinar:

Día 18 de mayo de 2015. Webinar Problemática contable de Entidades sin ánimo de lucro, de las Fundaciones y su tratamiento fiscal. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1508

Día 29 de mayo de 2915. WEBINAR Aplicación del Marco Conceptual de empresa en liquidación y efectos en el informe de auditoría. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1505

Día 5 de junio de 2015. WEBINAR Sociedades Civiles con objeto mercantil y Comunidades de Bienes y su tratamiento fiscal. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1509
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jueves, 7 de mayo de 2015

Webinar Problemática contable de Entidades sin ánimo de lucro, de las Fundaciones y su tratamiento fiscal.


http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1509
Día 18 DE MAYO DE 2015. IMPORTANTE: Homologado por el ICAC con 4 horas de formación continuada para auditores inscritos en el ROAC.

Los asistentes podrán visionar posterior la videoconferencia durante un plazo de 10 días y se podrán hacer consultas sobre ella.

El webinar se desarrollará durante la sesión de una forma práctica los contenidos de Resolución de 26 de marzo de 2013, sobre el PGC para entidades sin fines lucrativos y para pymes, así como se tratará también el régimen fiscal de las entidades parcialmente exentas por aplicación de la Ley 27/2014 Impuesto sobre sociedades (IS).

Muchas de estas entidades tendrán que declarar y tributar por el Impuesto sobre sociedades, por lo que se hace imprescindible la llevanza de una contabilidad de forma adecuada. Afecta a cualquier tipo de asociación de tipo cultural y deportivo, federaciones y confederaciones de cooperativas; colegios profesionales, asociaciones empresariales, cámaras oficiales y sindicatos, partidos políticos, fondos de promoción de empleo, mutuas de accidentes y enfermedades profesionales de la SS; y Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, asociaciones de festejos como las fallas, musicales, etc.


Un saludo cordial

Gregorio Labatut Serer

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.

La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, va a organizar los siguientes eventos online homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.

Cursos online:

-  Curso online sobre Aplicación práctica de las consultas del ICAC. Del 18 de mayo al 30 de junio. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación. http://cort.as/QkM7

- Curso online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologada por el ICAC como curso de formación y convalidad el primer examen de acceso al ROAC en esta materia. Desde el 18 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2015. http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/NIA/programa.htm

Webinar:

Día 18 de mayo de 2015. Webinar Problemática contable de Entidades sin ánimo de lucro, de las Fundaciones y su tratamiento fiscal. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1508

Día 29 de mayo de 2915. WEBINAR Aplicación del Marco Conceptual de empresa en liquidación y efectos en el informe de auditoría. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1505

Día 5 de junio de 2015. WEBINAR Sociedades Civiles con objeto mercantil y Comunidades de Bienes y su tratamiento fiscal. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1509

 
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miércoles, 6 de mayo de 2015

Proyecto de Ley de reforma de la Ley General Tributaria.


Las compañeras de Primera Lectura me han pasado un cuadro de los artículos modificados y los comentarios de la Memoria del análisis del impacto normativo.

Puede verse pinchando aquí.

Creo que es muy útil

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, va a organizar los siguientes eventos online homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.



Cursos online:

-  Curso online sobre Aplicación práctica de las consultas del ICAC. Del 18 de mayo al 30 de junio. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación. http://cort.as/QkM7

- Curso online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologada por el ICAC como curso de formación y convalidad el primer examen de acceso al ROAC en esta materia. Desde el 18 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2015. http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/NIA/programa.htm

Webinar:

Día 18 de mayo de 2015. Webinar Problemática contable de Entidades sin ánimo de lucro, de las Fundaciones y su tratamiento fiscal. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1508

Día 29 de mayo de 2915. WEBINAR Aplicación del Marco Conceptual de empresa en liquidación y efectos en el informe de auditoría. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1505

Día 5 de junio de 2015. WEBINAR Sociedades Civiles con objeto mercantil y Comunidades de Bienes y su tratamiento fiscal. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1509

 
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Tributación de sociedades civiles y entidades no lucrativas.


La Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la Comunidad Valenciana organiza la sesión sobre “Tributación de sociedades civiles y entidades no lucrativas”. La sesión será impartida en Valencia por el profesor Gregorio Labatut Serer, y se desarrollará en:  


·         Valencia 20 de mayo de 2015: Salón de Actos APAFCV - Avda. del Cid, nº 2 -7º A

·         Castellón 27 de mayo de 2015: Hotel Castellón Center, sito en Avda. Ronda Mijares, 86. CASTELLÓN (Parking gratuito)

·         Alicante 28 de mayo de 2015: Salón Cámara de Comercio de Alicante, Plaza Ruperto Chapí nº 3.
La Tributación de las Sociedades Civiles con objeto mercantil cambia a partir del 1 de enero de 2016, pasando a ser sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y a tributar por el mismo, dando lugar a que pequeños negocios como pueden ser bares, discotecas, farmacias, tiendas de ropa, mecánicos, etc. pasen a tributar por este Impuesto, con la obligatoriedad de la contabilidad oportuna.

 También hay determinadas entidades sin ánimo de lucro que deberán tributar por el régimen de entidades parcialmente exentas como las fallas, clubs deportivos, pequeñas asociaciones, entidades culturales, deportivas, etc.

En esta Jornada se estudiará, desde un punto de vista eminentemente práctico, todas las cuestiones e interpretaciones que la nueva regulación va a generar.

El programa a desarrollar será el siguiente:

1.      Tributación de las sociedades civiles tras la Reforma Fiscal Ley 27/2014 Impuesto sobre sociedades.

 2.      Objeto mercantil.

 3.      Régimen transitorio.

 4.      Disolución y liquidación. Tratamiento fiscal de la disolución.

 5.      Transformación de la sociedad civil.

 6.      Caso de las comunidades de bienes.

 7.      Contabilidad. Caso práctico.

 8.      Marco normativo de la Entidades no lucrativas (ENL).

 9.      La contabilidad de las ENL

 10.    Tributación de las ENL (sociedades): Entidades parcialmente exentas y régimen fiscal de la Ley 49/2002

 11.    Tributación del IVA. Entidades de carácter social.

 12.    Caso práctico.

Espero que sea de utilidad.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, va a organizar los siguientes eventos online homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.



Cursos online:

-  Curso online sobre Aplicación práctica de las consultas del ICAC. Del 18 de mayo al 30 de junio. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación. http://cort.as/QkM7

- Curso online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologada por el ICAC como curso de formación y convalidad el primer examen de acceso al ROAC en esta materia. Desde el 18 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2015. http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/NIA/programa.htm

Webinar:

Día 18 de mayo de 2015. Webinar Problemática contable de Entidades sin ánimo de lucro, de las Fundaciones y su tratamiento fiscal. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1508

Día 29 de mayo de 2915. WEBINAR Aplicación del Marco Conceptual de empresa en liquidación y efectos en el informe de auditoría. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1505

Día 5 de junio de 2015. WEBINAR Sociedades Civiles con objeto mercantil y Comunidades de Bienes y su tratamiento fiscal. http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=videoconferencia1509

 
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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.