Buscar este blog

lunes, 9 de marzo de 2015

A vueltas con la calificación fiscal de los rendimientos de los socios profesionales.



En el mismo se analiza con mucho detalle el párrafo tercero del nuevo articulo 27.1 del IRPF.

En el mismo se dice: “No obstante, tratándose de rendimientos obtenidos por el contribuyente procedentes de una entidad en cuyo capital participe derivados de la realización de actividades incluidas en la Sección Segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, tendrán esta consideración cuando el contribuyente esté incluido, a tal efecto, en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, o en una mutualidad de previsión social que actúe como alternativa al citado régimen especial conforme a lo previsto en la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados”.

En el trabajo se tratan, entre otras cosas:

-          Las relaciones entre las cotizaciones de la Seguridad Social y la calificación fiscal de los rendimientos.

-          Tipología de sociedades profesionales.

-          consideración de empresario o profesional a efectos del IVA. Obligación o no de emitir factura.

-          las notas específicas de ajenidad del trabajo y de dependencia.
Puede verse pinchando aquí.
También puede verse otro documento, pinchando aquí.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer
Director de las siguientes actividades realizadas por la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia.
-videoconferencia el día 13 de marzo sobre las modificaciones producidas en el IVA de 2015. Se podrá visionar en diferido durante una semana y durante ese periodo también se podrán hacer consultas al conferenciante. Se puede ver en:
-          Curso sobre Normas Internacionales de Información Financiera. Online. Homologado por el ICAC como formación obligatoria de auditores de cuentas. 8 horas de formación.


,

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios que se deseen incorporar tendrán que ser moderados por el propietario del blog.

ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.