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viernes, 27 de julio de 2012

Nueva actividad profesional para el economista: La Mediación



Quizá haya pasado desapercibida, pero resulta que esta Ley reconoce a los Colegios profesionales y a los Consejos nacionales como competentes en arbitraje. Este hecho se ha producido según el Consejo General de Colegios de Economistas de España por una enmienda propuesta por dicho órgano.

De este modo, parece ser que los economistas podrán actuar como mediadores en arbitrajes o como peritos, o ser representantes en mediación.

El Colegio de Economistas de Valencia (COEV), nos informa que en la reunión de trabajo convocada el pasado día 19 de julio y que fue dirigida por Juan Antonio Fuster, vocal de la Junta de Gobierno COEV, un nutrido grupo de economistas mostraron su interés por las novedades que aportaba la nueva Ley y por las perspectivas profesionales que, sobre todo en el ámbito de la mediación mercantil, pudiera aportar.

Pero no hay que olvidar, que parece ser que la disposición final octava de la ley recoge la posibilidad de prever reglamentariamente la creación de un Registro de Mediadores y de Instituciones de Mediación, así como el contenido de los cursos de formación que con carácter previo o como formación continua habrán de realizar los mediadores.

El articulo 11 de la Ley, exige la realización de unos curos para poder actuar profesionalmente, y el COEV informa que en estos momentos ningún curso que habilite como mediador en los términos recogidos en la Ley 5/2012, puesto que los contenidos de dicha formación, debe desarrollarse en un reglamento que, en estos momentos, no existe.

Finalmente, el Área de Formación del COEV y el propio consejo General  nos ha informado que, están pendientes de la publicación de las condiciones formativas exigibles al mediador para diseñar el curso más adecuado a los economistas con el objetivo de que éstos se puedan incorporar, con todos los requisitos establecidos y lo antes posible, a esta nueva actividad profesional.

Hay que felicitar al Colegio de Economistas por estas actuaciones, menos mal, que no ha sucedido lo mismo que con la Ley de Auditoría de cuentas, puesto que con ella, la figura del auditor no está reservada solamente para los economistas.

Un saludo cordial para todos los amables lectores y lectoras y feliz verano.

Gregorio Labatut Serer


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