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lunes, 31 de diciembre de 2012

Se endurece el Código Penal, para los delitos fiscales, contra la Unión Europea y la Seguridad Social.



La reforma del Código Penal, respecto a los delitos contra la Hacienda Pública, se venía anunciando desde mucho antes. Ya con la “amnistía fiscal” (para unos) y “regularización fiscal” para otros, se decía que era necesaria. Pues bien, con retardo, pero al final llegó.
Los aspectos más destacados, en mi opinión, de la reforma son los siguientes:
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domingo, 30 de diciembre de 2012

Promotora inmobiliaria: cobro a un cliente por la venta de un local mediante la recepción del local previamente vendido.


Suele ser frecuente en los momentos actuales que la venta de un local no pueda hacerse efectiva por parte del cliente, dada la situación económica, y se cancele la deuda con la entrega del local previamente vendido. ¿Cómo se registra contablemente esta operación?
La contestación puede verse en una consulta del ICAC. La consulta es la número 5 del BOICAC número 75/Septiembre 2008, sobre el tratamiento contable en el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, de un bien adquirido por el cobro de créditos con clientes, cuando el bien previamente se había vendido al cliente y se había reconocido el ingreso correspondiente, que te adjunto.
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Simplemente inmoral: Las SICAV seguirán tributando al 1 %


Ni el PSOE, ni el PP, ni nadie que gobierne en España se decide a “meter en cintura” a las SICAV, mientras las sociedades tributan al 30 %, las empresas de dimensión reducida al 25 % (los primeros 300.000 euros), y el resto de los españoles tributamos al tipo de gravamen que nos toque (normalmente superior al 25 %), las SICAV siguen tributando al 1 %.
¿Por qué motivo?, pues simplemente para que no se “enfaden” y se “marchen a otro país”. Eso para mí es puro “chantaje”. Esto es, “tributo al 1 % o me voy”. ¿Qué cabe hacer ante esto?
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Somos insignificantes.

Os adjunto un vídeo precioso para que nos demos cuenta de lo insignificantes y pequeños que somos, apenas nada. Me ha hecho reflexionar y quiero compartirlo con todos vosotros. Nos pensamos que somos el centro del universo, y eso es totalmente falso.

Feliz Año con salud y esperanza.
Gregorio Labatut Serer

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sábado, 29 de diciembre de 2012

Negocio bancario: banca comercial, banca de inversión y la Ley Glass-Steagall.


Buscando el origen de la crisis de las  Cajas de Ahorro me encuentro, gracias a un alumno,  con el interesante artículo” Laley Glass-Steagall se asoma desde Wall Street”, que recomiendo.
Hay que recordar que las Cajas de Ahorro nacieron bajo el paraguas de la banca comercial. Esto significa que recibían los depósitos y concedían créditos a particulares y a las pequeñas empresas (negocio poco arriesgado con márgenes no muy elevados). Todo iba bien, hasta que se mezcló el negocio de la banca comercial (el de las cajas de ahorro) con el negocio de la banca de inversión (inversiones agresivas y especulativas buscando altas rentabilidades). Todo el mundo sabe del binomio rentabilidad-riesgo.
Por lo tanto, en el negocio bancario, no es conveniente mezclar una cosa con la otra, puesto que:
-        Banca comercial: Toman depósitos de los pequeños inversores (particulares y empresas) y los colocan en créditos concedidos a los mismos, a particulares y pequeñas empresas. El crédito fluye hacia los particulares y hacia las pymes, y el riesgo está controlado y la rentabilidad no es muy elevada. 
     
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Último susto tributario del año. El día de los Inocentes se publica en el BOE la Ley 16/2012, de 27 de diciembre y la Ley de Presupuestos para 2013.


No se podía haber elegido una fecha mejor para darnos el último susto tributario del año. Ayer día 28 de diciembre (día de los Inocentes) se publicó en el BOE la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptandiversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzaspúblicas y al impulso de la actividad económica.
Así a “bote pronto” e intentando hacer un pequeño resumen de las principales novedades que nos ha traído la Ley (ya que ha entrado en vigor el día de su publicación), podemos decir que ha modificado, entre otras:
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miércoles, 26 de diciembre de 2012

Los postgraduados encuentran trabajo con más facilidad.


El pasado día 14 de diciembre se publicó un trabajo enExpansión.com con el título: “A más formación, más y mejor trabajo”.
En este artículo se indican cosas, como las siguientes:
-        - Los titulados con posgrado sufren menos el paro y tienen mejores contratos que el resto.
-       - los profesionales con mejores perspectivas son los titulados con formación de posgrado, que presentan unos niveles de desempleo mucho menores que el resto de la población.
-       - el 7,6% de trabajadores con posgrado estaba desocupado al término de 2011 frente al 12% de los titulados universitarios y al 23% del conjunto de la población activa.
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lunes, 24 de diciembre de 2012

¡Y seguimos derrochando dinero a manos llenas¡ ¿hasta cuándo?


Hoy es día de Nochebuena y por lo tanto son momentos de Paz y Felicidad, o por lo menos es lo que corresponde en estas fechas.
En estas fechas renace el espíritu solidario y deseos renovados de paz y felicidad para todos. Pero lamentablemente la realidad económica en España no da para mucho, con lo que la solidaridad con los que menos tienen es cada vez más difícil.
En España se ha recortado el sueldo a los funcionarios, también tienen el sueldo congelado desde hace décadas, el año pasado se lo rebajaron, éste año todos los funcionarios se van a quedar sin paga extraordinaria (profesores, policías, bomberos, funcionarios en general). Se han congelado las pensiones, se ha recortado sensiblemente el gasto en sanidad, educación, I+D, etc., etc. No hace falta que siga, solamente con oír las noticias o salir a la calle tenemos suficiente.
Hay que ser solidario con todos, pero yo creo que un Gobierno tiene la obligación de ser solidario en primer lugar con sus ciudadanos, y después con los demás, pero primero con sus propios ciudadanos que son los que han elegido al Gobierno y pagan los impuestos a través de los cuales cobran su sueldo los sres. políticos.
Sin embargo, con este panorama de recortes y sustracción de derechos a los funcionarios españoles, entre ellos la paga extra, y en general a los ciudadanos españoles, leo con estupor la siguiente noticia:" España aporta 4millones para pagar los sueldos de funcionarios palestinos”
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jueves, 20 de diciembre de 2012

La Agencia Tributaria informa sobre la limitación de los pagos en efectivo

Tras todas las dudas sucitadas, la Agencia Tributaria crea en su web una sección con el nombre de Limtación de pagos en efectivo.

Ya era hora, pues las dudas sucitadas son muchas.

Esta sección tiene varios apartados:

- Ámbito de aplicación de la prohibición.
- Concepto de operación a efectos de la limitación de pagos en efectivo.
- Cuantificación de las operaciones.
- Pagos y cobros con personas/entidades domiciliadas en el extranjero.
- Infracciones y sanciones por incumplimiento de la prohibición.
- Denuncias de pagos en efectivo.

Pueden verse todas pinchando aquí.



Esperemos que sea útil.
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viernes, 14 de diciembre de 2012

Interesante trabajo sobre "Valoracion de una Expropiacion: YPF y Repsol en Argentina"

El profesor Pablo Fernandez de la Universidad de Navarra IESE, ha escrito un interesante trabajo titulado: "Valoracionde una Expropiacion: YPF y Repsol en Argentina (Valuation of an ExpropriatedCompany: The Case of YPF and Repsol in Argentina)"
En él, con la maestria que la caracteriza hace un recorrido por el proceso de expropiación de YPF que el gobierno argentino realizó el 16 de abril de 2012, lo que supuso que se quedará con el con 51% de las acciones de YPF que estaban en manos de Repsol.
En el trabajo se indica que un tribunal determinará la compensación que Repsol debe recibir por sus acciones de YPF expropiadas. Se pretende suministrar al lector todos los datos necesarios para que pueda ayudar al tribunal a dilucidar el valor de este paquete mayoritario de acciones de YPF.

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La Agencia Tributaria pone a disposición una sección de consultas INFORMA

Efectivamente, la Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente una sección sobre consultas denominada INFORMA. Podéis verla pinchando aquí.

Esta sección sobre consultas, consta de momento de los siguientes puntos:

  1.  IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, LEY 35/2006
  2.  IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004
  3.  IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
  4.  MÓDULOS RENTA-IVA
  5.  IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
  6.  IMPUESTO RENTA NO RESIDENTES, R.D.L.5/2004/CONVENIOS/PATRIMONIO
  7.  IMPUESTO PATRIMONIO
  8.  IMPUESTO ESPECIAL MEDIOS DE TRANSPORTE
  9.  DECLARACIONES INFORMATIVAS
  10.  PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN (LEY 58/2003)
  11.   LIMITACIÓN DE LOS PAGOS EN EFECTIVO (LEY 7/2012)
  12.  RECAUDACIÓN-LEY GENERAL TRIBUTARIA 58/2003
  13.  ADUANAS
  14.  IMPUESTOS ESPECIALES (II.EE.)
  15.   INTRASTA



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jueves, 13 de diciembre de 2012

“En todos los sitios cuecen habas”. ¿Blanqueo de capitales en el primer banco alemán?


Al leer esta noticia, yo pensaba que se refería a España. Pensaba que estaba en España, por aquí estamos acostumbrados a estas cosas.
Pero no, se trataba de Alemania, ¿Alemania?, pues sí, la noticia publicada en Diariodecadiz.es dice textualmente: “Redada en la sede deDeutsche Bank por supuesto blanqueo de capitales”
No me lo podía creer, sigo leyendo “La Justicia alemana ha registrado las oficinas centrales de la entidad y ha presentado orden de detención contra varios empleados. También investiga al copresidente y a un miembro del comité ejecutivo”.
¡Pardiez¡, ¿en Alemania también pasa?, ¡Pardiez no, paronce, uno para tí y diez para mí¡
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martes, 11 de diciembre de 2012

La Universidad de Valencia va a impartir un Diploma a distancia especializado en Contabilidad empresarial. Homologado por el ICAC



DIPLOMA DE ESPECIALIZACION PROFESIONALUNIVERSITARIO EN EXPERTO CONTABLE. A distancia (4ªEDICION).Codigo 12123210 Titulación propia de la Universidad de Valencia.

ULTIMA HORA: "el Diploma ha conseguido la homologación por parte del ICAC y la ANECA, para convalidar el primer examen de acceso al ROAC para las asignaturas: PGC y PGC Pymes, Análisis de EE.FF., Técnicas de valoración de empresas y Contabilidad de Costes. Módulos I.2.1 y I.3 de la resolución de 12 de junio de 2012 del ICAC".

Puede verse en: 
http://www.icac.meh.es/Temp/20121211124404.PDF


Abierto plazo de Matricula en:


http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/12123210/datos_generales.htm

Según un informe elaborado por el departamento de Formación del sindicato CSIF “formarse como auxiliar de enfermería o realizar cursos de contabilidad pueden resultar especialmente útiles para encontrar trabajo, pues los sectores de la sanidad y el administrativo son los que más ofertas de trabajo ofrecen”[1]

Para atender la creciente demanda de expertos contables y este curso está dirigido a todas aquellas personas que deseen especializarse en el área contable, las que necesiten reciclarse y ampliar o adaptar sus conocimientos contables al nuevo Plan General de Contabilidad

 Con el curso de pretende formar a los profesionales en el aspecto de experto contable para poder responsabilizarse de la contabilidad de una empresa, y el proceso de una revisión de la contabilidad.


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Abierto plazo de matricula del Diploma en Géstión financiera y contable de la Pyme. A distancia. "On line"


DIPLOMA DE ESPECIALIZACION PROFESIONAL UNIVERSITARIO EN GESTION FINANCIERA Y CONTABLE EN PYME. A distancia (10ª EDICION). Código 12123150
Abierto plazo de Preinscripción:



Resulta obvio el peso específico que las Pymes representan en el tejido empresarial de cualquier país económicamente desarrollado, como lo demuestra el hecho de suponer prácticamente el 99% de las empresas.No obstante, también resulta notable la elevada tasa de mortalidad que presenta este tipo de empresas, pues el 35% de ellas quiebra antes de alcanzar los cinco años de vida empresarial.Entre las causas de quiebra, cabe destacar la inadecuada gestión como consecuencia de una falta de cultura financiera.

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Donde “dije digo, digo Diego”: “Los inspectores de Hacienda quieren investigar a todos los que se han apuntado a la amnistía”.


Se veía venir, todo lo que “no está escrito es papel mojado”, que es lo mismo que decir que “las palabras se las lleva el viento”. Podemos leer en el Confidencia.com “Los inspectores de Hacienda quieren investigar atodos los que se han apuntado a la amnistía”.
Se sabe que a los profesionales de la Agencia Tributaria no les ha gustado la Declaración Especial (amnistía para unos y regularización tributaria para otros). A la mayoría de la población, entre la que me encuentro, pues tampoco.
Pero la Administración, juró y perjuró que no se iba a realizar un “persecución de los que declararan voluntariamente”. También existe un informe de la DGT (según El Confidencial) en la que se dice: "no resulta procedente la comprobación aislada de la declaración tributaria especial por cuanto que la misma, a pesar de tener la naturaleza de declaración tributaria, no se presenta en cumplimiento de una obligación tributaria (en los términos del artículo 19 y siguientes de la Ley General Tributaria), ni tan siquiera de carácter informativo". Ahora bien, añade a continuación "sin perjuicio de que, una vez invocada la misma por el obligado tributario en el curso de un procedimiento de comprobación de una concreta obligación tributaria (concepto y periodo definidos), la Administración tributaria pueda efectuar dicha comprobación al efecto de verificar el ajuste a la realidad de lo en ella manifestado".
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domingo, 9 de diciembre de 2012

Curso de prevención del blanqueo de capitales.

El próximo día 14 de diciembre y en la Cámara de Comercio de Torrevieja tendrá lugar el Segundo curso de prevención de blanqueo de capitales, organizado por Dakara Formación e impartido por el profesor Gregorio Labatut Serer.

La entrada en vigor de la Ley 10/2010 exige a los asesores fiscales, contables externos y auditores una serie de obligaciones y formalidades que es necesario conocer y poner en práctica de forma inmediata, entre ellas acreditar una formación adecuada de forma anual de los directores y empleados de los despachos, por este motivo este curso se dirige a despachos de asesores fiscales, contables, auditores de cuentas, gestores administrativos y graduados sociales.
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sábado, 8 de diciembre de 2012

¿Quién va a dilucidar el valor de una empresa?


Normalmente cuando existe desacuerdo entre las partes sobre el valor de una empresa, se acude a los tribunales de justicia.
Existen muchos motivos para valorar una empresa, como por ejemplo, la salida de algún socio, la venta del total o de una parte de la empresa, la entrada de algún socio como por ejemplo el capital riesgo, o por obligación impuesta por la legislación mercantil.
Es claro que,llegar a un acuerdo que supone establecer el precio, es necesario partir de una escala previa de valor, donde el comprador intentará pagar lo menos posible (de modo que para él cuando está dispuesto a pagar un precio, es porque considera que el valor es superior), y por otro lado el vendedor intentará cobrar un precio superior (ya que si llega a un acuerdo con el comprador en un precio determinado, es porque para él el valor de la empresa es inferior).
¿Quién determina el valor?, pues normalmente profesionales de la valoración, como pueden ser auditores, asesores, consultores de empresa, etc. e incluso el proceso puede llegar a las Universidades.
En caso de discrepancia, se acude a los tribunales de justicia. Esto es precisamente, lo que sucedió con el grupo de El Corte Inglés en el 2007.
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viernes, 7 de diciembre de 2012

Edición electrónica de las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF 2012

El IASB anuncia la la publicación de una edición electrónica (PDF Descargable) de la traducción al español de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) (enero 2012). 

Las Normas Internacionales de Información Financiera del 2012 es la única edición oficial impresa del texto consolidado de los pronunciamientos autorizados del IASB emitidos a 1 de enero del 2012.

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jueves, 6 de diciembre de 2012

Reconocimiento de los ingresos en las empresas inmobiliarias.


Este es un tema que ha cambiado sustancialmente desde la aplicación del nuevo Plan General de Contabilidad de 2008 (PGC).
Por lo tanto, hay que distinguir entre el periodo anterior a 1 de enero de 2008 (aplicación del PGC 1990 y de la adaptación sectorial), y el periodo iniciado a partir del 1 de enero de 2008 (nuevo PGC). Hay que recordar que las adaptaciones sectoriales siguen en vigor, pero en todo aquello que no contradiga al nuevo PGC, y de momento no hay nueva adaptación de dicho plan.
Con la normativa anterior podían reconocerse los ingresos en el momento en que se hayan incorporado al menos el 80% de los costes de la construcción, en ese momento la empresa podía  entender que un inmueble se encuentra sustancialmente terminado y en condiciones de entrega material, a efectos de reflejar el correspondiente ingreso por ventas.
   
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domingo, 2 de diciembre de 2012

El próximo uno de enero de 2013 entra en vigor el nuevo Reglamento de Facturación.


Este nuevo reglamento de las obligaciones de facturación se produce por la adaptación de la normativa española a la comunitaria, mediante a aprobación de la Directiva 2010/45/UE, de 13 de julio de 2010, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que respecta a las normas de facturación, que debe trasponerse al ordenamiento jurídico interno de los Estados miembros antes del 1 de enero de 2013.
El principal objetivo perseguido es reducir las cargas administrativas de los sujetos pasivos, garantizar la igualdad de trato entre las facturas en papel y las facturas electrónicas, facilitar las transacciones económicas y contribuir a la seguridad jurídica de los agentes económicos.
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Aspectos contables de la paralización de las obras de construcción y valoración de la obra.


Es algo habitual hoy en día con la crisis inmobiliaria existente la paralización de las obras.
Vamos a comentar estas cuestiones relativas a la contabilidad de las empresas constructoras e inmobiliarias.
Como sabemos, según la disposición transitoria quinta del R.D. 1514/2007 por el que se aprueba el PGC, las adaptaciones sectoriales siguen vigentes en todo lo que no contradiga del nuevo PGC. Por lo tanto, a la falta de nuevas adaptaciones sectoriales en el sector inmobiliario y constructor siguen vigentes las anteriores al PGC actual, pero siempre que no contradigan las exigencias del nuevo Plan.
En este sentido vamos a plantear varias cuestiones:

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sábado, 1 de diciembre de 2012

Conferencia: Los gestores administrativos ante la Ley de prevención del blanqueo de capitales.

El próximo día 11 de diciembre martes, en eln salón de Actos del Colegio de Gestores Administrativos de Valencia  (C/ Poeta Quintana, nº 1, de Valencia), tendrá lugar la conferencia: "Los gestores administrativos ante la Ley de prevención del blanqueo de capitales", impartida por el profesor Gregorio Labatut Serer,  Director de la línea de investigación “Relaciones Contabilidad-Fiscalidad y Valoración de Empresas” de la Facultad de Economía de la Universidad de Valencia y especialista en Prevención de Blanqueo de Capitales.

La entrada en vigor de la Ley 10/2010 exige a los asesores fiscales, contables externos y auditores, una serie de obligaciones y formalidades que es necesario conocer y poner en práctica de forma inmediata, entre
ellas, acreditar una formación adecuada de forma anual de los directores y empleados de los despachos, por este motivo este curso se dirige a despachos de gestores administrativos en la medida  que sus actividades
puedan ser objeto de tener obligaciones respecto a la Ley de Blanqueo de capitales.

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viernes, 30 de noviembre de 2012

Cursos y seminarios de Formación en Prevención de Blanqueo de capitales y FT.

El profesor Gregorio Labatut Serer, profesor de la Universidad de Valencia imparte cursos y seminarios sobre la Prevención del blanqueo de capitales y FT dirigido a Asesores Fiscales, Contables Externos y Auditores de Cuentas. Como se sabe sos sujetos obligados de la Ley de Prevención de Blanqueo de capitales y FT, y por ello están sujetos a una serie de obligaciones, entre las que se encuentran la formación anual de todos los empleados del depacho.
Para ver las obligaciones que les impone la Ley pinche aquí.

Hasta el momento se han impartido los siguientes cursos:


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¿Qué hacemos con la remuneración de los administradores?


Siempre ha sido un problema fiscal la remuneración de los administradores, pero últimamente ha cobrado un auge espectacular.
En el artículo 217 de la Ley de Sociedades de Capital  LSC (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital), indica con respecto a la remuneración de los administradores, lo siguiente:
“1. El cargo de administrador es gratuito, a menos que los estatutos sociales establezcan lo contrario determinando el sistema de retribución.
2. En la sociedad de responsabilidad limitada, cuando la retribución no tenga como base una participación en los beneficios, la remuneración de los administradores será fijada para cada ejercicio por acuerdo de la junta general de conformidad con lo previsto en los estatutos”
Por lo tanto, si la gestión de los administradores es remunerada, debe constar en los estatutos de la compañía y debe aprobarse en cada ejercicio con el acuerdo de la Junta General y sujeta a una retención del 42 %
Ahora bien, ¿Cuál es la actividad que realiza un administrador y, por lo tanto, susceptible de ser remunerada?
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martes, 27 de noviembre de 2012

Se publica la Orden del Ministerio de Justicia, por la que se aprueban el modelo de Estatutos para las sociedades de responsabilidad limitada.


Efectivamente en la Orden JUS/3185/2010, de 9 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutostipo de las sociedades de responsabilidad limitada.
Esto proviene de que en el Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, prevé un
conjunto de medidas de apoyo a las pequeñas y medianas empresas con las que se pretende la agilización del proceso constitutivo de las formas de organización de este tipo de empresas y la reducción de
costes tanto del proceso constitutivo como respecto de actos y acuerdos de su  funcionamiento posterior.

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lunes, 26 de noviembre de 2012

Seminario "Evaluación de empresas y plan de viabilidad empresarial"

Organizado por la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios (AECE), se celebrará el seminario "Evaluación de Empresas y Plan de viabilidad Empresarial".
Este seminario se tendrá lugar en:
Día 12 de diciembre en Valencia. Locales de la Fundación ADEIT. Universidad Empresa.
- Día 13 de diciembre en Alicante. Hotel Sol Melíá.

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¿Cómo se contabiliza la Fusión inversa?


Hemos comentado en posts anteriores:
Suponemos que no existe relación previa entre las sociedades, por lo que aplicamos la  Norma de Registro y Valoración NRV 19ª del PGC.
Sabemos que se debe aplicar el “método de la adquisición”, en el que tenemos que identificar desde un punto de vista económico a una de las empresas que participan en la fusión como “empresa adquirente”, mientras que la otra u otras serán las empresas “adquiridas”.
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sábado, 24 de noviembre de 2012

Obligación de información y comunicación al SEPBLAC de las operaciones sospechosas, por parte de los sujetos obligados.


Los asesores fiscales, contables externos y auditores de cuentas son sujetos obligados de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y FT.
 El art. 18 de la Ley impone claramente la obligación de comunicar de inmediato y sin dilación cualquier conducta sospechosa de los clientes del despecho (asesoría fiscal, contable o auditores) respecto de los delitos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo como sujetos obligados a la ley.
Efectivamente, los sujetos obligados comunicarán, por iniciativa propia, al SEPBLAC cualquier hecho u operación, incluso la mera tentativa, respecto al que, tras un examen especial de la operación o de la situación, exista indicio o certeza de que está relacionado con el blanqueo de capitales.
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Sesión informativa sobre la prevención del blanqueo de capitales.

El día 28 de noviembre, y en la sede del Ilustre Colegio de Titulares Mercantiles de Castellón Calle Enmedio, 24, el profesor Gregorio Labatut impartirá una "Charla informativa sobre la prevención del blanqueo de capitales.". La charla esta organizada por Prodasva.
La estructura de la sesión será:

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Publicado el Manual de Auditoría por Ediciones Francis Lefebvre

La Editorial Francis Lefebvre ha publicado el "Manual de Auditoría".

Esta obre es singular y diferente al resto de las ya publicadas, pues una veintena de especialistas auditores –economistas, titulares mercantiles– han profundizado en la aplicación de la auditoría de cuentas a la realidad empresarial española.
 En todos los autores de la obra  confluye la faceta de docente –dado que todos son reputados profesores universitarios en el ámbito de la auditoría de cuentas y de la contabilidad– y la faceta profesional porque muchos de ellos se dedican al ejercicio libre de la actividad.

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viernes, 23 de noviembre de 2012

Contabilización de la inversión del sujeto pasivo en el IVA.



Vamos a tratar un tema actual, como es la inversión del sujeto pasivo del IVA desde el punto de vista contable.

La Ley 7/2012, modifica el art. 84.2 de la Ley del IVA introduciendo un nuevo punto, el f), que dice:
“Cuando se trate de ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su realización, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones.
Lo establecido en el párrafo anterior será también de aplicación cuando los destinatarios de las operaciones sean a su vez el contratista principal u otros subcontratistas en las condiciones señaladas.”
En este caso se produce la inversión del sujeto pasivo.
El subcontratista que emite la factura sin IVA tendrá que indicar que se produce una “inversión del sujeto pasivo, en función del art. 84.2.f)” y por lo tanto, no incluirá el IVA repercutido en su libro de facturas. Esto habrá que expresarlo en la factura.
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PwC incorpora a 325 recién licenciados para el curso 2012-2013


En una nota de prensa de la firma de auditoria PwC se indica que “PwC se ha convertido en uno de los mayores empleadores del mundo”.
 Durante el pasado ejercicio, la firma contrató a 20.500 recién licenciados, una cifra récord que hizo que el número total de empleados se incrementara un 7% en el año fiscal 2012. Es la primera vez que PwC supera los 180.000 profesionales en todo el mundo y prevé que, en 2013, este número siga aumentando.

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jueves, 22 de noviembre de 2012

¿Cómo se contabiliza la fusión entre dos sociedades?


Hemos comentado en posts anteriores:

Ahora vamos a tratar el tema de la fusión entre dos sociedades independientes. En este caso, se aplica la Norma de Registro y Valoración NRV 19ª del PGC., puesto que suponemos que no existe relación previa entre las empresas que se van a fusionar.
Para ello, hay que aplicar el denominado “método de la adquisición”, en el que tenemos que identificar desde un punto de vista económico a una de las empresas que participan en la fusión como “empresa adquirente”, mientras que la otra u otras serán las empresas “adquiridas”.
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miércoles, 21 de noviembre de 2012

Abierto plazo de matricula del Diploma en Auditoría de Cuentas. A distancia. Homologado por el ICAC




Un artículo publicado en El Economista, indica que Las cuatro grandes crearán 2.000 empleos en España en el próximo año, y que en el que se cierra han creado 2.300 puestos de trabajo

Tambien, "La crisis refuerza el papel de directores financieros yauditores en las empresas". Es el título de un trabajo publicado en la Revista Valores11. Se trata de las conclusiones de una reunión organizada por KPMG en la que intervienen Hilario Albarracín, socio responsable de auditoría de la firma, Miguel Ferrandis, director financiero de Acerinox, y Amando Sánchez Falcón, director ejecutivo corporativo de Día, para debatir sobre la mejor vía para recuperar la confianza en nuestras empresas y en nuestra economía.
DIPLOMA EN AUDITORIA DE CUENTAS. A distancia (2ªEDICION).Código 12122230.
Abierto plazo  matricula

El Diploma es a distancia, pero los examenes serán presenciales por imperativo del ICAC para homologar el curso para convalidar el priemr examen de acceso al ROAC (Registro Oficial de Auditores de Cuentas).
Matricula en:
http://postgrado.adeit-uv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/12122230/datos_generales.htm

Este Diploma pretende formar a profesionales que quieran desarrollar su ejercicio en el ámbito de la auditoría de cuentas según la nueva Ley de Auditoría de Cuentas y, desde esta perspectiva, se dirige a todos aquéllos licenciados, graduados o diplomados que deseen especializarse en esta área. También pretende contribuir a satisfacer la creciente demanda de expertos en auditoría que anualmente requieren las compañías auditoras de cuentas.

IMPORTANTE:







Este Diploma está homologado por el ICAC y la ANECA a los efectos de convalidación del primer examen de acceso al ROAC (módulos 1 Auditoría de Cuentas y 3, Consolidación contable, Normas Internacionales de Información Financiera, y Otros).
Puede verse la homologación en:
 http://www.icac.meh.es/Temp/20120914141447.PDF




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martes, 20 de noviembre de 2012

La AEAT habilita un nuevo servicio para denunciar los pagos en efectivo.

Así es, la Agencia Tributaría ha puesto en funcionamiento un nuevo servicio para contemplar lo estipulado el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, sobre la posibilidad de presentar denuncias en la sede electrónica de la AEAT, de forma electrónica  relativas al incumplimiento de la limitación de pago de 2.500 euros por operación a profesionales y empresarios.
Para verlo podéis pinchar aquí.


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domingo, 18 de noviembre de 2012

Libro recomendado: Matemáticas financieras en el nuevo PGC.


Escrito por la profesora Elisabeth Bustos Contell. El libro Matemáticas financieras para el PGC editado por Piramide, tiene la finalidad de este libro no es ser un manual de matemáticas financieras, sino facilitar la base matemática necesaria para comprender el registro contable de las operaciones financieras en el Plan General de Contabilidad. Además, esta obra incluye la explicación del cálculo del coste amortizado y del tipo de interés efectivo para determinar los intereses que se deben contabilizar en el resultado financiero a partir de operaciones de préstamo, leasing financiero y otras operaciones de arrendamiento considerado como financiero, tales como determinados cálculos de renting y leasing operativo. Todo ello se acompaña de múltiples ejemplos que facilitan la comprensión del nuevo registro contable.Esta nueva edición se complementa con un CD con materiales revisados y actualizados que incluye los cuadros de amortización bancarios y contables de las operaciones siguientes:

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jueves, 15 de noviembre de 2012

La Agencia Tributaria informa sobre la e-factura

En la página web de la Agencia Triburaria se ha abierto un apartado dedicado a la e-factura.

En él podemos leer: Las facturas electrónicas (e-facturas) deberán incorporar medios que garanticen la autenticidad e integridad de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del IVA, así como en la Orden EHA/962/2007, de 10 de abril, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica.

 


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Proyecto de Resolución del ICAC sobre normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias.

En la página web del ICAC se ha publicado la apertura del trámite de audiencia a los interesados en la elaboración del proyecto de Resolución de la Presidenta del ICAC por la que se dictan normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias.

El 12 de noviembre se ha abierto el trámite de audiencia a los interesados del Proyecto de Resolución relativo a las normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, por un plazo de 15 días hábiles.


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miércoles, 14 de noviembre de 2012

Los gestores administrativos ante la Ley de prevención del blanqueo de capitales y FT.


El próximo martes día 11 de diciembre de 2012, y en Salón de Actos del Colegio de Gestores Administrativos de Valencia, (C/ Poeta Quintana, nº 1, de Valencia), el profesor Gregorio Labatut Serer impartirá el curso " Los gestores administrativos ante la Ley de prevención del blanqueo de capitales y FT".
 
La entrada en vigor de la Ley 10/2010 exige a los asesores fiscales, contables externos y auditores, una serie de obligaciones y formalidades que es necesario conocer y poner en práctica de forma inmediata, entre ellas, acreditar una formación adecuada de forma anual de los directores y empleados de los despachos, por este motivo este curso se dirige a despachos de gestores administrativos en la medida que sus actividades puedan ser objeto de tener obligaciones respecto a la Ley de Blanqueo de capitales.

El delito de blanqueo de capitales no es solamente la afloración de bienes procedentes de una actividad ilícita, sino también la ocultación o el encubrimiento del origen ilícito de los mismos.

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Examen especial de operaciones según la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y FT.


Según el art. 17 de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y FT (LPBCyFT), existen operaciones que pueden requerir un examen especial. Entre ellas se contempla que, los sujetos obligados (como pueden ser los asesores fiscales, contables externos y auditores de cuentas) examinarán con especial atención cualquier hecho u operación, con independencia de su cuantía, que, por su naturaleza, pueda estar relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, reseñando por escrito los resultados del examen.

En particular, los sujetos obligados examinarán con especial atención toda operación o pauta de comportamiento compleja, inusual o sin un propósito económico o lícito aparente, o que presente indicios de simulación o fraude. Observación meticulosa de la conducta del cliente.

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martes, 13 de noviembre de 2012

Lucha contra el cáncer infantil. No hay que perder la esperanza.

Me hago eco de la campaña de Miguelañez en colaboración con la
Asociación Pablo Ugarte para la investigación sobre cáncer infantil.

Por cada vez que se vea el anuncio, Miguelañez dona una cantidad para
este proyecto. Por tanto sería estupendo lo vieramos todos y varias veces. Además es precioso.
La dirección web es la siguiente: http://www.sonrisasdulces.com/
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Y seguimos con el despilfarro………..


Acabo de leer una noticia que me ha indignado una vez más, y que me obliga a escribir. La noticia publicada hoy en el periódico digital de las Las Provincias, es la siguiente: “La web  del Senado victima de las bromas”.

Más adelante se puede leer: Un error en su creación permite a cualquiera introducir todo tipo de frases en la página,

No es que la página haya sido hackeada, no. Tan solo se trata de una vulnerabilidad de la propia página web que permite este tipo de acciones a cualquiera, y encima, la web, que se presentó ayer lunes, ha costado 437.000 euros.


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domingo, 11 de noviembre de 2012

Seminario sobre "Nuevo tratamiento fiscal de los gastos financieros"

El próximo día 19 de noviembre, y en los locales del Colegio de Economistas de Alicante, tendrá lugar el curso "Nuevo tratamiento fiscal de los gastos financieros".
El ponente será :

D. Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia, Consultor de empre-sas y Consultor contable. Miembro de la Comisión de Principios Contables de AECA.

El programa será el siguiente:
 
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sábado, 10 de noviembre de 2012

¿Cómo se contabiliza la fusión entre dos empresas que previamente formaban grupo según art. 42 Código de Comercio?


Anteriormente hemos publicado el post “¿Cómo se contabiliza la adquisición de una empresa?”, en el que poníamos de manifiesto la adquisición de una empresa sin que exista relación previa entre ellas, aplicando los criterios de la Norma de Registro y Valoración 19ª (NRV 19) del PGC.

Ahora vamos a tratar el tema de fusión de sociedades cuando previamente existía relación de grupo entre ellas, esto es, una de ellas había adquirido previamente el control sobre la otra. En este caso es de aplicación la NRV 21ª del PGC, “Operaciones entre empresas del grupo”.

En las operaciones de fusión y escisión entre empresas del grupo, según la citada NRV, se seguirán las siguientes reglas:
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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.